lunes, 15 de diciembre de 2014

La Rioja: Fallo a favor del Municipio evita acciones de la CNEA en El Cantadero

El viceintendente, Armando Molina junto al fiscal municipal, Emilio Rodríguez, brindaron detalles sobre el fallo del Juez Federal Daniel Herrera Piedrabuena que rechaza el amparo presentado por la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA), reafirmando la declaración de Municipio No tóxico, no nuclear y ambientalmente sustentable.

En conferencia de prensa realizada en la Sala de Situación del Palacio Municipal, Molina, resaltó el fallo a favor del recurso presentado por Fiscalía Municipal ante un amparo que la CNEA presentó en su momento para evitar la clausura preventiva de las tareas que realizaban en la zona de El Cantadero, interpuesta por la Municipalidad de Capital, haciendo valer la Ordenanza que lo declara Municipio no tóxico, no nuclear y ambientalmente sustentable. Esta decisión “fue muy esperada pues trae una gran alegría a los vecinos de la zona que lucharon tanto y también a los ciudadanos que se movilizaron. El Municipio por su lado accionó ante la ley y hoy podemos dar esta gran noticia”.

También comentó que “los daños que se produjeron son irreparables porque afectó a la flora, la fauna que son únicas en estas zonas y además se vio damnificada la moral y la calidad de vida de los vecinos de El Cantadero que veían su hogar invadido y contaminado. Es por eso que el Municipio accionó siempre apegado a la ley”.

Por otro lado, el fiscal Emilio Rodríguez mencionó que “este es el triunfo de la institucionalidad. Con un sano orgullo, la Fiscalía del Municipio de Capital viene cumpliendo con el deber de defender los altos intereses de los ciudadanos y de la comuna. Este caso, cierra un año magnifico desde el punto de vista jurídico teniendo en cuenta el fallo por la Ley de Coparticipación; la orden de no permitir el remate del Autódromo, entre otros logros. Este fallo marcará un hito en la historia".

"Hay una norma que ha sido sancionada con el consenso de la gente, de la comunidad organizada, de asambleas de ciudadanos, del trabajo de concejales. La Ordenanza N° 4930 declara al Municipio de Capital no tóxico, no nuclear y ambientalmente sustentable”, recordó y añadió que “este fallo confirma la clausura preventiva, porque la CNEA no cumplía con lo que la norma tenía previsto para su actividad en El Cantadero”.

Cabe destacar que desde Fiscalía se ha instruido al cumplimiento de esta ordenanza y desde la Dirección de Medio Ambiente se procedió a una clausura preventiva de las actividades que realizaba la comisión en El Cantadero. La CNEA no cumplía con las normas previstas: no solicitaron ni tenían la habilitación correspondiente ni tenían la obligatoria evaluación de impacto ambiental; por esto se tomó la resolución de clausurar.

Luego, la comisión presentó un amparo con una medida cautelar tras lo cual el juez Piedrabuena ordenó el levantamiento de la clausura; Fiscalía presentó una apelación a la clausura la cual fue denegada pero se desarrolló una defensa que logró que el juez declare la improcedencia del recurso presentado por la CNA, permitiendo la clausura definitiva de las actividades de la Comisión de Energía Nuclear en El Cantadero.

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