miércoles, 15 de junio de 2011

Está prohibido a nivel nacional fumar en lugares cerrados públicos y de trabajo


A partir de este miércoles está prohibido a nivel nacional fumar en lugares cerrados públicos y de trabajo, a partir del ingreso en vigencia en todo el país de la nueva ley antitabaco promulgada hace unos días por la presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner.

La medida, sancionada por el Congreso el pasado 1 de junio, fue plasmada mediante el decreto 757, que pone en marcha uno de los principales objetivos de la ley 26.687 que regula la publicidad, promoción y consumo de productos elaborados con tabaco y establece ambientes 100 por ciento libres de humo.

La vigencia de los ambientes libres de humo abarca, de acuerdo a lo establecido en la ley, a los lugares cerrados de acceso público y de trabajo y también medios de transporte público de pasajeros.

Mario Virgolini, coordinador del Programa Nacional del Control de Tabaco, aclaró que "la reglamentación de la ley llevará 180 días, debido a que son varios organismos que participan en su implementación", pero insistió que "en lo inmediato rigen los ambientes libres de humo".

De acuerdo al artículo 37 de la norma, los puntos referidos al empaquetado de cigarrillos y la obligación de exhibir en los atados una imagen y un mensaje sanitario que describa los efectos nocivos del consumo de tabaco, será dentro de un año. En tanto, en seis meses las tabacaleras tendrán totalmente prohibida la publicidad de sus productos, en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de difusión o comunicación; y tampoco podrán auspiciar actividades o eventos públicos.

Verónica Schoj, coordinadora nacional de Alianza Libre de Humo de Tabaco Argentina (Aliar) opinó que “esta ley es un paso más a favor de la equidad en el goce del derecho a la salud para todos los argentinos". “En la norma se incluyen medidas efectivas para reducir las muertes y la enfermedad que produce el tabaquismo y desincentiva el inicio en el consumo de cigarrillos de los chicos”, destacó.

La ley establece que quienes la incumplan podrán ser sancionados con una multa en moneda de curso legal equivalente al valor de 250 hasta 1000 paquetes de cigarrillos de 20 unidades, pero en caso de reincidencia asciende al valor de 2500 paquetes.

1 comentario:

  1. Los pulmones de muchos fumadores pasivos están de fiesta ante la posibilidad de que nuestros amigos y familiares no puedan obsequiarnos la diaria cuota de nicotina que nos corresponde por no mandarlos al demonio con sus humaredas.

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