Asambleas
Ciudadanas Riojanas - Como es norma, en silencio, autoritario, a
espaldas del pueblo, sin audiencias, violando normas judiciales vigentes y
desoyendo la masiva decisión irreversible de no otorgar la Licencia Social a la
mega minería, Beder Herrera”, traiciona arteramente otra vez a todo el pueblo
riojano, burlándose además impunemente de la Justicia. Hay que pedir el JUICIO
POLÍTICO para destituirlo.
Sigue diciendo el
Informe: El gobernado traidor Luis “Beder herrera, a través del Secretario de
Ambiente, Nito Brizuela, aprobó por Resolución Nº 271/12 firmada el 27 de
agosto pasado el Informe de Impacto Ambiental presentado por la estatal riojana
E.M.S.E. (Energía y Minerales Sociedad del Estado) y la canadiense OSISKO
MINING (a través de Minera El Portal, subsidiaria), otorgando la Declaración de
Impacto Ambiental para iniciar la Etapa de Prospección del Proyecto Famatina”.
“La sociedad minera
EMSE/OSISKO tramitó la autorización vía el expediente L100181/12. La Resolución
271/12 de la Secretaría de Ambiente recién fue publicada en el Boletín Oficial
de La Rioja Nº 11.025 hace 3 días (06‐11‐12).http://www.boletinoflarioja.gob.ar/boletin/2012‐11‐06.pdf"
“Desde el 2 de enero
un Corte Popular con apoyo masivo resiste el paso de la minera en Alto
Carrizal, Famatina, y acaba de cumplir 10 meses”.
“En diciembre de
2011, las Asambleas denunciaron la existencia de listas negras elaboradas en un
trabajo de inteligencia en favor del gobierno y la empresa canadiense, en el
cual se indicaban datos personales, oficios y grados de participación de
decenas de compañeros y compañeras”.
“En julio, el Juez de
Cámara en lo Penal, Civil y Comercial de Chilecito, Dr. Daniel Flores, dictó
una medida cautelar que sigue en vigencia, que suspendió el proyecto minero,
basada en la aplicación de la ley nacional de glaciares Nº 26.639, sancionada
el 30‐09‐10, promulgada de hecho el 28‐10‐10 y
reglamentada parcialmente por decreto presidencial Nº 207/11 del 28 de febrero
de 2011”.
“La norma prohíbe la
minería en zonas glaciares y periglaciares (Art. 6 inciso C) y sostiene que no
se pueden realizar actividades mineras a cielo abierto en tanto no se tenga un
Inventario la cantidad de cuerpos de hielo existentes en la zona, y la forma en
que estas actividades extractivas puedan llegar a afectarlos. La ley nacional
establece que el IANIGLIA (Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y
Ciencias Ambientales) debía presentar a los 60 días de sancionada la norma, un
cronograma para la ejecución del inventario nacional ante la Secretaría de
Ambiente de la Nación”.
“Pasaron más de 2
años, y en La Rioja el Secretario de Ambiente Brizuela afirma que sólo hay “un
glaciar”, y recién se “iniciaría la capacitación previa” para realizar el inventario
oficial de glaciares”.
“Además, de aprobar
en silencio esta Resolución dando inicio a la Etapa de Prospección en Famatina
a EMSE y OSISKO, aprobó los IIA a otras 26 empresas mineras en la provincia,
violó la Ordenanza 4.390/12 del Municipio Capital (no tóxico, no nuclear y
ambientalmente sustentable) autorizando avances de exploración a la CNEA y
reglamentó el uso minero del Sitio Ramsar Reserva Laguna Brava”.
“Un informe
preliminar de la organización CEDHA publicado en abril de este año, determinó
la existencia de al menos 405 glaciares y cuerpos de hielo en toda la provincia
de La Rioja, 36 de ellos en la zona de Famatina”.
“La Corte Suprema de
Justicia de la Nación, revocó medidas cautelares contra la ley de glaciares
presentadas por Barrick Gold en San Juan, y obligó al gobierno de esa provincia
a realizar un relevamiento de los glaciares y zonas periglaciares”.
Esta sumatoria de
incumplimientos a sus deberes como funcionario público por parte de Beder
Herrera, son causas suficientes para destituirlo democráticamente.
La situación se
refuerza si agregamos las irregularidades a nivel provincial relacionadas con
las escrituraciones realizadas por el Instituto de Tierras Indivisas. Además
con el manejo contrario a los intereses del pueblo riojano de los préstamos
tomados para crear innumerables SAPEM que comprometen económicamente a las
futuras generaciones que deberán pagar esos préstamos con intereses siderales.
Más grave aún son las
apropiaciones ilegales de tierrras y de aguas por parte del gobernador Beder
Herrera para encarar proyectos agropecuarios en beneficio propio y de sus
secuaces.
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RESOLUCIÓN JUEZ
DANIEL FLORES, CHILECITO, SUSPENSIÓN PROYECTO FAMATINA,
FIRMADA EN JULIO
PASADO.
4) Suspender el
cumplimiento del convenio firmado el 31 de Agosto del año 2011 entre E. M. S.
E. (“Energía y Minerales Sociedad del Estado”) y “OSISKO MINING CORPORATION”
especialmente en lo que concierne a realizar tareas que incluyen la facultad de
hacer cualquier actividad superficial de prospección, zanjas, calicatas,
excavaciones de trincheras, perforaciones de cualquier método, extracción de
muestras, análisis de laboratorio, retirar menas y muestras de volumen
necesario para realizar pruebas, muestreo a granel y demás actividades
necesarias para la factibilidad o pre factivilidad del proyecto.
5) Asimismo, también
DEBE suspenderse el cumplimiento del Convenio referenciado porque pueden
estarse realizando tareas o actividades de EXPLOTACIÓN que atenten contra
Bienes Públicos (glaciares) existentes en la “Zona Exclusiva”, con el
consecuente IMPACTO AMBIENTAL que dicha gestión ocasiona o puede seguir ocasionando,
si se continúa con las actividades que hoy se realizan.
6) Hágase saber,
Ofíciese y oportunamente archívese.
Firmas: Dr. Alejandro
Saúl Flores. Juez. Dra. Antonia Toledo. Secretaria
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Si funcionaran en
nuestra provincia los poderes de la República, la aprobación firmada por
Herrera contrariando una resolución judicial vigente como la que transcripta,
ya es causal de inicio del Juicio Político.
Como Pueblo Unido
pongamos en marcha los recursos que nos da nuestro Sistema Representativo,
Republicano y Federal de gobierno PARA TERMINAR CON ESTE TOTAL DESGOBIERNO EN
NUESTRA PROVINCIA.
EL
FAMATINA NO SE TOCA: LA RIOJA NO SE TOCA
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