A partir de las PASO del domingo 11 de agosto ya no se firmarán y sellarán
los documentos de los electores. Los padrones incluirán, junto al nombre, la
foto, un espacio para la firma y un certificado con un código de barra que se
entregará tras emitir el sufragio.
Los
padrones incluirán, a partir de las elecciones legislativas nacionales de 2013,
junto al nombre del ciudadano, la foto, un espacio para la firma y un
comprobante troquelado que se le entregará a cada votante luego de sufragar, se
informó ayer.
De
esta forma, a partir de las elecciones primarias abiertas simultáneas y
obligatorias (Paso) del 11 de agosto próximo, ya no se firmarán y sellarán los
documentos de los votantes, sino que éstos recibirán un troquel como constancia
de emisión del voto.
Una
vez que los electores introduzcan el voto en la urna, deberán firmar el padrón,
y se les entregará un troquel con un código de barras, firmado por la autoridad
de mesa, prueba de que el ciudadano cumplió con su deber cívico.
La
constancia de voto tendrá impresos la fecha y tipo de elección, el nombre y
apellido completos del elector, su número de identificación y la nomenclatura
de la mesa, además de la firma del presidente de mesa.
Para
saber quiénes no votaron, la Justicia electoral escaneará los códigos que queden
en el padrón de los votantes que se ausentaron, y así tendrá un registro
digital para imponer las sanciones que indica la ley.
La
no emisión del voto se considera una falta electoral y mediante una acordada
extraordinaria, la Cámara Nacional Electoral determinó el monto de las multas
para quienes no voten en las elecciones primarias y las nacionales.
La
acordada determina que cuando la infracción se cometa respecto de uno solo de
los actos electorales –primarias o generales- el valor de la multa ascenderá a
cincuenta pesos.
Cuando
no se haya votado en las elecciones primarias ni en las generales, el monto de
la segunda infracción ascenderá a cien pesos, que se acumularán a los cincuenta
pesos correspondientes a la primera infracción, con lo que se deberá pagar 150
pesos.
Además
el infractor no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos
públicos durante tres años a partir de la fecha de la elección; ni realizar
gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales,
provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales.
Este
plazo comenzará a correr a partir del vencimiento de sesenta días establecidos
para la presentación de la justificación por no votar.
El
pago de la multa podrá ser efectuado en cualquier sucursal del Banco de la
Nación Argentina y en las demás entidades que se habiliten para el cobro.
La
boleta de pago será generada digitalmente en el sitio web de la Justicia
nacional electoral y una vez recibida la comunicación del pago se encontrará
habilitada en el mismo sitio la generación e impresión de la constancia
correspondiente.
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