El
viceintendente, Armando Molina junto al fiscal municipal, Emilio Rodríguez,
brindaron detalles sobre el fallo del Juez Federal Daniel Herrera Piedrabuena
que rechaza el amparo presentado por la Comisión Nacional de Energía Atómica
(CNEA), reafirmando la declaración de Municipio No tóxico, no nuclear y
ambientalmente sustentable.
En conferencia de prensa
realizada en la Sala de Situación del Palacio Municipal, Molina, resaltó el
fallo a favor del recurso presentado por Fiscalía Municipal ante un amparo que
la CNEA presentó en su momento para evitar la clausura preventiva de las tareas
que realizaban en la zona de El Cantadero, interpuesta por la Municipalidad de
Capital, haciendo valer la Ordenanza que lo declara Municipio no tóxico, no
nuclear y ambientalmente sustentable. Esta decisión “fue muy esperada pues trae
una gran alegría a los vecinos de la zona que lucharon tanto y también a los
ciudadanos que se movilizaron. El Municipio por su lado accionó ante la ley y
hoy podemos dar esta gran noticia”.
También comentó que “los
daños que se produjeron son irreparables porque afectó a la flora, la fauna que
son únicas en estas zonas y además se vio damnificada la moral y la calidad de
vida de los vecinos de El Cantadero que veían su hogar invadido y contaminado.
Es por eso que el Municipio accionó siempre apegado a la ley”.
Por otro lado, el fiscal
Emilio Rodríguez mencionó que “este es el triunfo de la institucionalidad. Con
un sano orgullo, la Fiscalía del Municipio de Capital viene cumpliendo con el
deber de defender los altos intereses de los ciudadanos y de la comuna. Este
caso, cierra un año magnifico desde el punto de vista jurídico teniendo en
cuenta el fallo por la Ley de Coparticipación; la orden de no permitir el
remate del Autódromo, entre otros logros. Este fallo marcará un hito en la
historia".
"Hay una norma que ha
sido sancionada con el consenso de la gente, de la comunidad organizada, de
asambleas de ciudadanos, del trabajo de concejales. La Ordenanza N° 4930
declara al Municipio de Capital no tóxico, no nuclear y ambientalmente
sustentable”, recordó y añadió que “este fallo confirma la clausura preventiva,
porque la CNEA no cumplía con lo que la norma tenía previsto para su actividad
en El Cantadero”.
Cabe destacar que desde
Fiscalía se ha instruido al cumplimiento de esta ordenanza y desde la Dirección
de Medio Ambiente se procedió a una clausura preventiva de las actividades que
realizaba la comisión en El Cantadero. La CNEA no cumplía con las normas
previstas: no solicitaron ni tenían la habilitación correspondiente ni tenían
la obligatoria evaluación de impacto ambiental; por esto se tomó la resolución
de clausurar.
Luego, la comisión presentó
un amparo con una medida cautelar tras lo cual el juez Piedrabuena ordenó el
levantamiento de la clausura; Fiscalía presentó una apelación a la clausura la
cual fue denegada pero se desarrolló una defensa que logró que el juez declare
la improcedencia del recurso presentado por la CNA, permitiendo la clausura
definitiva de las actividades de la Comisión de Energía Nuclear en El
Cantadero.
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